REQUISITOS DE PERMANENCIA RÉGIMEN TRIBUTARIO ESPECIAL
1. Estados Financieros
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2. Certificado de Requisitos:
Certificación de Requisitos del representante legal o revisor fiscal en el que evidencia que han cumplido con todos los requisitos durante el respectivo año del respectivo año. (Numeral 13 del parágrafo 2 del artículo 364-5 E.T.).
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3. Copia de la escritura pública
documento privado o acta de constitución en donde conste que está legalmente constituida.
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4. Certificado de existencia y representación legal
expedido por la autoridad competente, en el cual figuren sus administradores, representantes y miembros del consejo u órgano directivo cuando hubiere lugar a ello.
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5. Copia del acta de la Asamblea General
o máximo órgano de dirección, en la que se autorice al representante legal para que solicite que la entidad permanezca como entidad del Régimen Tributario Especial del Impuesto sobre la Renta.
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6. Certificación del Representante Legal
de los antecedentes judiciales y declaración de caducidad de contratos estatales de los miembros de la junta directiva, fundadores, representantes legales o miembros de los órganos de dirección de conformidad con el numeral 3 artículo 364-3 E.T
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7. Acta de Asamblea General
o máximo órgano de dirección que indica el estado de las asignaciones permanentes de los años gravables anteriores de conformidad con el artículo 1.2.1.5.1.27 del Decreto 1625 de 2026, si hay lugar a ello (las que me habías enviado hace unas semanas)
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8. Acta de Asamblea General o máximo órgano de dirección
en el que se aprobó la distribución del beneficio neto o excedente del respectivo año gravable, si hay lugar a ello
No Aplica
9. Registrar la Memoria Económica
cuando los ingresos brutos, incluidas las ganancias ocasionales, del año gravable 2017 fueron iguales o superiores a 160.000 UVT ($5.097.440.000.)